PLANIFICACIÓN PARA EL BREXIT – CONSTITUIR UNA SOCIEDAD EN ESPAÑA
Si eres una compañía británica que opera en el mercado europeo, ya debes estar notando las consecuencias del Brexit en tu negocio.
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Algunos de los problemas existentes son sectoriales, tales como los aranceles, nuevas obligaciones normativas, así como la obtención de los correspondientes certificados y/o autorizaciones, derechos de pasaporte europeo, requisitos de seguridad y salud, IVA en los servicios digitales, etc.. Otros, tal y como la transferencia de datos personales, afectarán a todas las empresas británicas por igual.
España ofrece múltiples ventajas:
- Costes inferiores de locales y oficinas
- Personal altamente cualificado y salarios moderados
- Impuesto de sociedades al 25% (15% para las empresas de reciente creación en los primeros 2 años de beneficios)
- La repatriación de intereses, cánones y dividendos al Reino Unido no están sujetos al pago de impuestos en España – lo que salvaguarda la rentabilidad de su negocio en España.
- El Reino Unido fuel el inversor No.1 en España en 2019 – España la 4º mayor economía de Europa.
- Facilitar la posterior expansión a otros mercados de la UE.
- Calidad de vida.
- El tratado de doble imposición entre España y el Reino Unido exime de tributación los dividendos, royalties e intereses pagados por una filial española de una compañía británica incluso tras el Brexit, una vez deje de ser aplicable la Directiva sobre Intereses y Cánones (DIC) ni la Directiva Matriz-Filial (DMF).
La solución: Establecer una presencia en la UE mediante la constitución de una sociedad en España.
¿Empresa filial o sucursal española?
Una sucursal no tiene personalidad jurídica propia independiente de su fundador y no constituye una entidad separada dentro del territorio de la UE y al amparo de la regulación comunitaria.
Por tanto, la elección lógica es constituir una filial española.
Esto también dota a su negocio de mayor credibilidad frente a los clientes, bancos, proveedores y socios.
Empresa española
Los principales tipos de sociedades en España son las sociedades de responsabilidad limitada (SL), con un capital social mínimo de 3.000 € y las sociedades anónimas (SA), con un capital social mínimo de 60.000 €.
Nos ocupamos de llevar a cabo la constitución y el registro de la sociedad por Ud., mediante poder notarial, así como de la apertura de la cuenta bancaria española, evitándole la necesidad de tener que desplazarse a España.
Podemos también facilitar una dirección para el domicilio social de la empresa, nombrar un representante fiscal (si es preciso), así como la llevanza de la contabilidad y nóminas.
Nuestra misión es ser el único punto de contacto para la formación y puesta en marcha de una sociedad española totalmente operativa y legalmente “compliant” lo que le permita contratar trabajadores y facturar a sus clientes desde el día 1.
Si nos remiten los documentos necesarios rápidamente, la constitución ante notario suele llevarse a cabo dentro de 2-4 semanas aproximadamente y la inscripción en el Registro Mercantil tarda otras 4 semanas. Ello no impide que la empresa pueda operar mientras se tramita la inscripción.
¿Por qué elegir Scudamore Law?
Scudamore Law es un despacho anglo-español, llevamos más de dos décadas prestando servicios a inversores extranjeros. Nuestros abogados están cualificados como abogados españoles e ingleses. Somos abogados especialistas en derecho mercantil internacional y expertos tanto en derecho mercantil español como inglés. Nos comunicamos en inglés nativo y en un lenguaje fácilmente comprensible.
+20 años de experiencia
Nos comunicamos en inglés nativo
Fiabilidad
Servicio altamente personalizado
Enfoque flexible y comercial
Precio transparente
Desplazamiento de trabajadores a España
Le asesoramos sobre el modelo de negocio que mejor se ajusta a su empresa en España para que pueda, sea cual sea el escenario pos-Brexit, desplazar y emplear trabajadores extranjeros en España.
- Traslado intraempresarial
- Visados de oro
- Permisos de trabajo/residencia para el traslado de trabajadores extranjeros
- Control del riesgo fiscal de “establecimiento permanente”
- Reducción de costes de nóminas y Seguridad Social
- Derecho laboral español
- Obligaciones con la Seguridad Social
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Nuestro equipo cercano está aquí para ayudarle y aconsejarle. Por favor, rellene el formulario a su derecha y contestaremos lo antes posible.
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